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martes, 8 de septiembre de 2015

El marcado « CE » en Transformadores y Aparamenta de AT


La Directiva de Seguridad en las Máquinas (MD) 2006/42/EC es de aplicación a la mayor parte de las máquinas, excepto a ciertos tipos especiales que están específicamente excluidos.

La versión actual (que ha reemplazado a la versión anterior 98/37/EC) establece expresamente que la Aparamenta de Alta Tensión y los Transformadores están excluidos del alcance de la MD. El artículo 1.2 dice textualmente: “Quedan excluidos del ámbito de aplicación de la presente Directiva:”, y detalla, en el apartado l): “los siguientes equipos eléctricos de alta tensión: - aparatos de conexión y de mando. - transformadores.”.

La Directiva de Compatibilidad Electromagnética (EMCD) 2004/108/EC es de aplicación a la práctica totalidad de los equipos eléctricos. Específicamente, las instalaciones eléctricas de alta tensión son instalaciones fijas. Por ello, pese a que las instalaciones de alta tensión están sujetas a los requisitos esenciales de la Directiva, no existe la necesidad del marcado CE, ni de una declaración CE de conformidad, ni de la implicación de un organismo notificado. 

Respecto a los elementos constitutivos de una instalación eléctrica de alta tensión, como la Aparamenta de Alta Tensión, o los Transformadores, éstos pueden considerarse como aparatos destinados a incorporarse a una instalación fija determinada. Por tanto, no hay necesidad de marcado CE, ni de declaración CE de conformidad, ni de la implicación de un organismo notificado.

 FUENTES:
Directivas europeas de seguridad en las máquinas (MD) 2006/42/EC y compatibilidad electromagnética (EMCD) 2004/108/EC en Transformadores
T&D europe (The European Association of the Electricity Transmission and Distribution Equipment and Services Industry.

AFBEL (Asociación de fabricantes de Bienes de Equipo Eléctricos.

Fotografía de portada: Documento Transformadores Siemens


Descargar documento de Posición de T&D Europa sobre Directivas Europeas en la siguiente URL:



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2 comentarios:

  1. No tiene mucho sentido que los equipos de AT no requieran declaración de conformidad, ni marcado CE, pero parece que así están las cosas, por el momento.

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  2. No entiendo. ¿Que no requiera cumplir la directiva de máquinas quiere decir que no requiera marcado CE o declaración de conformidad? Porqué, hay otras directivas que sí deberá cumplir ¿no?. Sino para qué va a pedir el nuevo Reglamento de Alta Tensión que los equipos de alta tengan todos su declaración de conformidad. ¿Qué opináis? Gracias. Un saludo.

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